Vie. Abr 26th, 2024

Después de varios días de debate, ya está publicado en el BOE que el uso de las mascarillas será obligatorio “para los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo”, como se especifica el primer artículo. El objetivo de esta medida es proteger a la población y a los trabajadores y contener los contagios durante las diferentes etapas de vuelta a la normalidad.

Para los trabajadores de este tipo de servicios, el uso de la mascarilla será obligatorio siempre y cuando tengan que estar en contacto con los viajeros y, además, se les deberá asegurar el acceso a geles hidroalcóholicos para que puedan aplicar una higiene de manos frecuente.

En cuanto a la disposición de los pasajeros en los transportes públicos y en los trenes y autobuses interurbanos, serán los operadores los que determinen la ocupación total de las plazas y, si es necesario, señalará a los pasajeros dónde sentarse. La norma es que todos los usuarios dispongan de un asiento contiguo vacío que los separe de cualquier otro pasajero.

La única excepción será si dos o más pasajeros residen en un mismo domicilio, en cuyo caso el operador podrá decidir sentarlos juntos y aumentar así el número final de ocupantes del vehículo o vagón.

Habrá que prestar, según la orden del BOE, especial atención a que las butacas que estén situadas justo detrás del asiento del conductor permanezcan siempre vacías siempre y cuando este no tenga una mampara de separación. Así mismo, cuando se distribuyan las plazas, habrá que atender a las personas con discapacidad.

Y por último, en la Orden se explica cómo deben ir situados los pasajeros en los casos del metro y el autobús urbano en el que estos pueden ir de pie. Se exige que las personas mantengan entre sí la mayor distancia posible y que la ocupación sea de máximo dos viajeros por cada metro cuadrado de esa zona.


Source: Coches

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por admin

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