Sáb. Abr 27th, 2024

Las multas por exceder el tiempo de aparcamiento en una zona SER son recurrentes, ya que es fácil olvidarse de cuál era el límite horario de nuestro ticket o de no ir a renovarlo al apenas exceder la franja pagada. Sin embargo, los controladores del SER están siempre ojo avizor y no es raro que, cuando vayamos a recoger nuestro vehículo, nos encontremos con una multa en el parabrisas.

En el caso de no estar de acuerdo con la sanción (o querer probar suerte aunque efectivamente hayamos excedido el tiempo de aparcamiento), estas multas de tráfico pueden recurrirse de una manera sencilla y sin tener que desplazarnos de casa.

El primer paso es entrar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid y seleccionar en el menú la categoría Transporte, vehículos y estacionamiento. Hay que buscar la sección de Multas y seleccionar en la lista la opción de Presentar un recurso. Aquí encontraremos toda la información relacionada con el trámite.

Cómo recurrir, paso a paso

Clicamos en la opción de presentar el trámite en línea y rellenamos el formulario online para su presentación. Deberemos disponer de certificado electrónico, Cl@ve Pin o tener usuario y contraseña del Ayuntamiento. Acedemos al trámite en línea identificándonos con el sistema que más nos convenga y procedemos a rellenar el formulario.

Tendremos que indicar la referencia del expediente sancionador y la matrícula del vehículo multado. También habrá que seleccionar el método de comunicación que prefiramos para la resolución del recurso y comprobar nuestros datos personales.

Por último, habrá que exponer todos los argumentos por los que solicitamos la anulación de la multa y explicar, asimismo, qué solicitamos exactamente. Hacemos clic en continuar y, por último firmamos electrónicamente el documento para su presentación.

En el caso de que prefiramos presentar el recurso de manera presencial, habrá que descargar este formulario y rellenarlo debidamente, firmándolo. Lo llevaremos a: las oficinas municipales de registro, cualquier registro de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas, a cualquier oficina de Correos o al Registro de la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación.


Source: Coches

Share Button

por admin

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *