Sáb. Abr 27th, 2024

Durante estos días son muchas las dudas y preguntas que surgen a lo largo de la jornada, dependiendo de las actividades a desarrollar a cada momento. Conocer todos los aspectos de los reales decretos y las medidas que han ido regulando el estado de alarma contra el coronavirus es una tarea algo imposible y el miedo a las sanciones por desconocimiento también empujan a preguntar más.

Así, la DGT organizó en su web una suerte de manual para saber cómo se puede utilizar el vehículo particular durante esta crisis sanitaria y cuáles son los trámites y aspectos prácticos a tener en cuenta a nivel administrativo y de permisos.

También Ministerio de Interior se ha unido a esta ronda de ruegos y preguntas para aclarar otros aspectos prácticos relacionados con el uso de los vehículos y el motor durante el estado de alarma. Se pueden consultar en su página web y algunas de estas dudas ya resueltas son:

Soy autónomo y como consecuencia del estado de alarma he tenido que parar mi actividad. ¿Puedo tramitar la baja temporal de mi vehículo?

La respuesta es que sí, a través de la página web de la DGT.

Tengo una autorización temporal para circular con mi vehículo, pero aún no está matriculado, ¿puedo conducir sin temor a que me paren y me multen?

Sí, porque se prorrogan las autorizaciones temporales para la circulación de vehículos antes de su matriculación definitiva, hasta sesenta días después de la finalización del estado de alarma.

¿Se van a seguir realizando controles de alcoholemia y drogas?

Sí, los controles de alcohol y drogas se van a seguir realizando para garantizar la seguridad en las carreteras. Sí que están suspendidas las campañas especiales de vigilancia que estuvieran programadas.

Tengo una pequeña empresa del sector primario. ¿Mis trabajadores se pueden desplazar al lugar de trabajo de forma colectiva?

En general, la respuesta es que no. La movilidad de los trabajadores debe llevarse a cabo en unas condiciones compatibles con la principal finalidad de las medidas adoptadas por el Gobierno: evitar la propagación del virus y preservar la salud.

Soy conductor de un vehículo de auxilio en carretera, ¿puedo circular para prestar el servicio?

Sí, los vehículos de auxilio en carretera, al igual que los de conservación y mantenimiento de carreteras.


Source: Coches

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por admin

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