Jue. Abr 25th, 2024

EUROPA PRESS

  • La joven de 15 años iba de ‘paquete’ y que cayó al suelo cuando el conductor realizó la arriesgada maniobra y chocó con una minibiker.
  • Sucedió en 2007 en una calle de la localidad valenciana de Cheste el fin de semana en el que se celebraba el Gran Premio de Motociclismo.
  • El conductor que llevaba a la menor ha sido condenado a dos años, y el de la minibiker, a un año y medio de cárcel.

Cheste

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un motorista a dos años de prisión por la muerte de una menor que llevaba de paquete y que cayó al suelo cuando hizo un caballito y chocó con una minibiker en una calle de la localidad valenciana de Cheste el fin de semana en el que se celebraba el Gran Premio de Motociclismo. El conductor de este segundo vehículo también ha sido condenado a un año y medio de cárcel.

Así consta en la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en la que el tribunal desestima los recursos interpuestos por los dos conductores contra la sentencia dictada por un Juzgado de lo Penal, que les condenaba a estas penas de prisión por un delito de conducción temeraria en concurso con otro de homicidio imprudente y por un delito de lesiones por imprudencia grave, con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.

Los hechos se remontan al 3 de noviembre de 2007, cuando uno de los condenados conducía una moto sin permiso o licencia y llevaba como usuaria en la parte posterior a una menor. Se encontraba en la calle carretera de Líria en dirección a la calle Músico José Iturbe de Cheste y circulaba a una velocidad elevada.

En dirección contraria iba, a su vez, una minibiker conducida por el otro condenado, a poca velocidad. Ambos vehículos realizaron movimientos de levantamiento de rueda ‘caballito’ y se produjo un choque frontal entre ambos. Cayó al suelo el conductor de la moto y la menor, quien impactó con la cabeza en el suelo y falleció.

En el lugar del accidente se encontraba concentrado una gran cantidad de público, quien había formado una especie de pasillo a ambos lados de la calzada para contemplar cómo circulaban las motocicletas, dejando un espacio de unos pocos metros. Una peatón no pudo apartarse cuando se produjo el accidente y sufrió también diversas lesiones.

Por estos hechos el juez condenó a los motoristas y contra esta resolución interpusieron un recurso. El condenado que llevaba a la menor alegó error de hecho en la apreciación de la prueba, infracción del principio in dubio pro reo e incumplimiento del principio de presunción de inocencia, e infracción de precepto constitucional por falta de motivación de la resolución recurrida.

En realidad, todos los motivos reiteraban la misma alegación: no se estimaba probado que el conductor incurriera en imprudencia constitutiva de delito y que el único responsable de la colisión sería el conductor contrario.

La Audiencia desestima todos los extremos. El tribunal recuerda que el conductor reconoció que conducía el vehículo y también la colisión con la minimoto, y agrega que «no deja de ser paradójico» que, negando cualquier maniobra negligente, afirmara en el juicio que solía dedicarse a intervenir en esta clase de ‘exhibiciones’ y ello pese a carecer de permiso para conducir motocicletas.

Además, le indica que solo puede ser calificada como «manifiestamente temeraria» la utilización de una motocicleta de gran cilindrada en una calle abarrotada de público y ejecutando maniobras de alto riesgo a gran velocidad, llevando, así mismo, a una ocupante en la misma motocicleta.

Sin responsabilidad del Ayuntamiento

En la resolución inicial, el juez ya determinó que no quedaba probada la responsabilidad del Ayuntamiento de Cheste ya que las pruebas documentales demostraban que el consistorio «puso los medios para evitar la comisión de los hechos, sin que se le pueda achacar la responsabilidad por déficit de previsión con incidencia causal».

En concreto, el juez daba por válidos los carteles municipales de prohibición de hacer ‘caballitos’ y los que indicaban ‘Atención Peligro’. También las medidas de seguridad que puso en marcha el Ayuntamiento por las que, según la sentencia, el consistorio reforzó el número de agentes de policía en más de 70 e intervino hasta 40 vehículos.

Source: Coches

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