Dom. Ene 19th, 2025

En España, casi 10 millones de coches tienen restringida la entrada en Zonas de Bajas Emisiones. Todos los municipios del territorio ibérico que superen los más de 50.000 habitantes están obligados a implantar este tipo de sectores con tal de reducir la contaminación atmosférica y, a la misma vez, disminuir el tráfico en las zonas centrales de las ciudades.

No obstante, estas restricciones dependerán, única y exclusivamente, de los Ayuntamientos de cada municipio, que serán los encargados de aplicar las distintas leyes y sanciones para que los usuarios cumplan con las mismas de forma totalmente legal.

¿Qué vehículos podrán acceder a las ZBE?

Los usuarios que deseen acceder a las Zonas de Bajas Emisiones deberán tener en su respectivo vehículo una de las etiquetas aprobadas por la Dirección General de Tráfico, es decir, la B, C, ECO o Cero. No obstante, solo estas dos últimas disfrutarán de total libertad para moverse por las ZBE, mientras que las B o C tendrán una serie de restricciones que deben cumplir, de lo contrario los propietarios podrían ser sancionados.

Un ejemplo de las restricciones que poseen los coches con etiquetas B o C es que en el Centro de Madrid, por ejemplo, solo podrán estacionar en un aparcamiento subterráneo. Aquellos automóviles que no tengan distintivo, tendrán totalmente prohibida la entrada a estas zonas.

¿Cuáles son las etiquetas de la DGT?

  1. Sin etiqueta (categoría A): vehículos matriculados de gasolina anteriores al año 2001 y diésel anteriores al 2006.
  2. Etiqueta B: turismos de gasolina matriculados entre el mes de enero del 2001 y 2005, y coches diésel matriculados entre enero del 2006 y agosto del 2015. En este caso, todos estos automóviles deberán cumplir con la normativa Euro 4, 5 y 6 en motores de gasolina, y la normativa Euro 6 en gasoil.
  3. Etiqueta C: coches de gasolina matriculados desde enero del 2006 y vehículos diésel matriculados a partir del mes de septiembre del 2015. Deben cumplir con la normativa Euro 4, 5 y 6 en gasolina, y la Euro 6 en diésel.
  4. Etiqueta ECO: híbridos con una autonomía eléctrica inferior a 40 kilómetros o por gas (GLP o GNC).
  5. Etiqueta CERO: híbridos enchufables con más de 40 kilómetros de autonomía y eléctricos puros. Además, también se incluyen los de autonomía extendida.

¿Cómo podemos conseguir la pegatina de la DGT? Paso a paso

La Dirección General de Tráfico puso en funcionamiento este sistema de etiquetado durante el pasado año 2016 y realizó un numeroso envío de estas pegatinas a miles y miles de conductores como parte de la campaña para informar a la población. No obstante, un gran número de propietarios, lógicamente, se quedaron sin el distintivo y tuvieron que acudir hasta la oficina de Correos o de la Dirección General de Tráfico más cercana para conseguirla.

Eso sí, no se podrá adquirir gratis y deberás abonar una cantidad de 5 euros. Si optas por recoger la etiqueta presencialmente, es vital acudir con los papeles del vehículo para que los empleados puedan leer la información y os entreguen la pegatina adecuada. Si decides pedirla de forma online, deberás seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar en la página web de la DGT (www.dgt.es)
  2. Nos dirigiremos a la sección ‘Etiquetas medioambientales’ o ‘Solicitar etiqueta medioambiental’.
  3. Deberás realizar el proceso de autenticación con tu DNI electrónico, certificado digital, o a través del Sistema Cl@ve.
  4. Introduce los datos solicitados, es decir, el número de la matrícula del coche, número de identificación (DNI o NIE), y otros datos pertinentes.
  5. Verifica que la información es correcta y está completa.
  6. Abonar la cantidad.


Source: Coches

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por admin

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