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- Conducir con la ITV caduca puede eximir a la aseguradora de pagar los daños en caso de siniestro.
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El seguro del coche es uno de los trámites obligatorios que hay que realizar. Tal y como establece la ley, todos los coches deben tenerlo para garantizar la Responsabilidad Civil por los daños que se puedan ocasionar a terceros.
Existen diferentes tipos de seguros: seguro a terceros, a todo riesgo, con o sin franquicia… pero hay determinadas situaciones en las que las compañías aseguradoras se pueden negar y no hacerse cargo del siniestro.
En la revista ‘Tráfico y seguridad vial’ de la DGT, exponen diez casos en los que la aseguradora se puede negar a pagar los daños:
- Conducir bajo los efectos del alcohol u otras drogas: en el supuesto de que el conductor supere la tasa de alcoholemia permitida por ley o de positivo en drogas.
- Desastres naturales: caídas de árboles, terremotos, riadas… en estos casos se hace cargo el Consorcio de Compensación de Seguros.
- Participación en competiciones: ya sean ilegales o carreras sin cobertura específica.
- No disponer del carné correspondiente: si no se dispone del permiso de licencia para conducir ese vehículo, los daños no serán cubiertos.
- Daños causados voluntariamente: daños realizados intencionadamente o falsedad intencionada en la declaración de un siniestro.
- Conducir fuera del asfalto: el seguro solo se hace cargo de las incidencias en vías convencionales adecuadas.
- Conducir con la ITV caducada: si no se tiene la ITV al día la aseguradora puede negarse a cubrir el siniestro.
- Transportar más cargas o pasajeros de lo permitido: si se sobrepasa el número de pasajeros establecido en la ficha técnica, los daños no estarán cubiertos.
- Comisión de delitos: cuando el vehículo se haya utilizado para realizar un delito contra las personas o bienes.
- Robo por dejar las llaves puestas: incluso una póliza a terceros puede incluir la cobertura de robo del vehículo. Pero ciertas circunstancias, como dejarse las llaves puestas, eximen a la aseguradora.
Source: Coches