Dom. Dic 22nd, 2024

La Zona de Emisiones Bajas Madrid ya está completamente vigente en la capital, por lo que los turismos que se salten las restricciones en esta zona de la M-30 podrán recibir multas de hasta 200 euros.

Concretamente, estas restricciones hacen referencia a las pegatinas o distintitos medioambientales que otorga la DGT a los diferentes vehículos, con el objetivo de reducir las emisiones y la contaminación en el centro de Madrid.

Los vehículos que pueden y no pueden entrar en la M-30

Por lo tanto, hay que tener muy en cuenta que solamente podrán acceder al interior de la M-30 sin riesgo de multa los vehículos con etiquetas B, C, Eco o Cero de la DGT. Con alguna de estas etiquetas, se puede entrar en la zona restringida sin problema alguno.

Por el contrario, las limitaciones de acceso sí que afectan a todos aquellos vehículos que no tengan un distintivo medioambiental de la DGT o aquellos que tengan la calificación A en su defecto.

Estos vehículos son los de motor de gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel matriculados antes de 2006, de tipo turismo o todoterreno.

Además, hay algunas excepciones y normas más concretas en algunos casos. Por ejemplo, las motos con etiqueta B, el acceso es libre de 07.00 a 22.00 horas, y de este horario se deberá contar con alguna autorización de acceso.

Si se circula con un turismo con etiqueta B o C de la DGT, solo se podrá acceder a estas zonas en los siguientes casos:

  • Acceso a un parking de uso público.
  • Estar empadronado en el Distrito Centro con el vehículo domiciliado en la ciudad de Madrid.
  • Ser una empresa o un autónomo y ejercer la actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro, o ser invitado por uno de ellos.
  • Transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Disponer de una plaza de garaje particular o tener una plaza de aparcamiento municipal para residentes situada en el Distrito Centro.
  • Ser un VTC con servicio previamente contratado con origen o destino en Distrito Centro o un taxi.
  • Disponer de una autorización del colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del SER.
  • Acceder a un taller de reparación de vehículos ubicado en el Distrito Centro.
  • Ser un vehículo necesario para la realización de ocupaciones y actos en la vía pública, autorizados por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Que el vehículo sea utilizado por los abogados del Servicio de Guardia del Turno de Oficio para el ejercicio exclusivo de dicho servicio
  • Para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria y de secundaria cuyas necesidades así lo exijan.
  • Trabajar en establecimientos del interior de Distrito Centro con horario nocturno (de 00:00 a 06:00).


Source: Coches

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por admin