A la hora de adquirir un coche, ya sea nuevo o de segunda mano, uno de los primeros pasos que se deben llevar a cabo es el registro del vehículo a nombre de un titular, asimismo, también es necesario sacar una póliza de seguro para que circule de manera legal por las vías de España.
Por ello, en el caso de que heredes un automóvil de un familiar fallecido recientemente, es muy conveniente que conozcas la normativa sobre ello, que vamos a desarrollar a continuación, si no quieres tener problemas al circular con el coche por las carreteras de nuestro país. En la actualidad, se estima que más de un millón de vehículos se encuentran bajo la titularidad de un muerto.
¿Cuánto tiempo se puede circular con el coche de un fallecido?
El Reglamento General de Vehículos especifica en su artículo 32.6 que “en el supuesto de transmisión motivada por el fallecimiento del titular del vehículo, la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso del mismo mientras se adjudica a uno de los herederos deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal antes de transcurrir los noventa días siguientes a la defunción del causante”.
Por lo tanto, la ley establece que solo se puede circular durante 90 días, ya que en caso de no hacerlo se pueden incurrir en varios problemas, como puede ser que la póliza del seguro no se haga cargo en caso de un siniestro o se dificulte la imposición de sanciones por incumplir con la normativa de tráfico.
¿Cuánto cuesta cambiar de nombre un coche si el titular ha fallecido?
En primer lugar, es necesario solicitar el impreso oficial de cambio de titular a la Dirección General de Tráfico, después presentar el certificado de Defunción del Titular donde conste el fallecimiento, así como un documento que acredite la posesión del vehículo.
Seguidamente, será obligatorio presentar la Tarjeta de la ITV y el Permiso de Circulación. Por último, es obligatorio abonar una tasa de Transferencia de 55,70 euros, que se podrá llevar a cabo a través de la página web o en alguna oficina de la Dirección General de Tráfico de manera presencial.
¿Qué tengo que hacer para dar de baja a un coche?
El procedimiento puede ser de dos formas. En primer lugar, es posible pedir la baja temporal del vehículo, es decir, no puede estar aparcado en una vía pública ni circular hasta volver a pasar la ITV, en este caso se gestiona a través de la página web de la Dirección General de Tráfico, así como hay que informar al ayuntamiento donde esté registrado.
Por otra parte, si queremos dar de baja definitiva a nuestro automóvil, este trámite solo puede realizarse a través del Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CAT), aquí se indicará el desguace al que se va a llevar para su destrucción, así como, tendrá prohibido circular otra vez por las vías españolas.
Source: Coches