Los distintivos medioambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT) han transformado por completo la movilidad urbana en las grandes ciudades de toda España. La circulación por las urbes más habitadas del territorio nacional ahora está marcada por una serie de prohibiciones establecidas con la segregación de los vehículos según el nivel de contaminación que producen, clasificándolos en 0, ECO, C o B.
Los coches con etiqueta C son el segundo grupo de todo el parque automovilístico que más contamina, por ello muchas de las restricciones que se han establecido este año en torno a la circulación por las grandes ciudades les ha afectado. Este cúmulo de prohibiciones no ha hecho más que aumentar desde que entraron en vigor los distintivos en el año 2016, y todo parece apuntar hacia una sola dirección: que dejen de estar presentes en los grandes núcleos urbanos.
¿Cuándo prohibirán circular con la etiqueta C?
Hasta el momento no hay una fecha oficial para que los coches con la etiqueta C no puedan circular por las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de las ciudades, aunque eso no significa que no vaya a suceder en un futuro no muy lejano, ya que los coches de la imaginaria ‘etiqueta A’, es decir, los que son tan antiguos que no pueden recibir ninguna pegatina, no tendrán permitido el acceso a la zona centro de Madrid a partir del año que viene.
El problema que tienen estos coches y que sí es conocido ya viene desde Bruselas, y es que la Unión Europea acordó el año pasado prohibir la comercialización y venta de los coches de carburantes tradicionales (etiquetas B y C) a partir del año 2035. Pero el verdadero final para estos vehículos llegará en 2050, fecha marcada por el organismo continental para que estos automóviles desaparezcan de las carreteras. Pero, por el momento, se desconoce si en España lo harán antes.
¿Qué pueden hacer los coches con la etiqueta C?
Los vehículos que posean este distintivo en Madrid pueden circular con total libertad por todas las ZBE de la comunidad, aunque en una de ellas hay una excepción: en esa zona centro, conocida como ‘de especial protección’ (ZBEDEP), los coches con etiqueta C pueden circular, pero no aparcar en ninguna Zona de Estacionamiento Regulado (SER), sino que deberán hacerlo en un parking público o privado. En Barcelona, la otra gran urbe española, de momento no hay ningún tipo de restricción.
¿Qué coches deben llevar la etiqueta C?
Los automóviles con esta pegatina son aquellos son los matriculados a partir de 2006 (normativa Euro 4, Euro 5 y Euro 6) en el caso de que tengan un motor de gasolina y los matriculados a partir del año 2014 (normativa Euro 6) si tienen un motor de diésel. También entran dentro de este grupo los vehículos pesados y los que tienen más de 8 plazas matriculados desde 2006.
Source: Coches