Lun. Dic 23rd, 2024

El pago del seguro del coche es un trámite obligatorio que cualquier conductor está obligado a cumplir. En el caso de no disponer de, como mínimo, una póliza que cubra los daños a terceros, el conductor y propietario del vehículo tendrá que pagar multas de hasta 3.000 euros, además de tener que hacerse cargo de todos los desperfectos y lesiones provocados a terceras personas en caso de accidente de tráfico.

Para evitar este tipo de problemas hay que contratar un seguro para el coche que, habitualmente, se paga de manera anual. Como los seguros de coche son productos de empresas privadas, las aseguradoras disponen de la libertad de variar los precios de sus productos, algo que el conductor ha de tener en cuenta para evitar llevarse sorpresas.

Eso sí, las compañías de seguros no pueden subir el precio de sus pólizas como y cuando les plazca. Desde Automovilistas Europeos Asociados explica que, cuando se trata de un aumento del precio de la prima en las sucesivas renovaciones de la póliza, «la Ley del Contrato de Seguro establece la obligación de comunicar dicha subida a los asegurados con dos meses de antelación».

Las aseguradoras deben avisar con dos meses de tiempo

Mientras que, como informan desde esta asociación, la política de muchas compañías es subir el importe de las primas anuales al vencimiento sin avisar previamente, el conductor puede negarse a pagar el nuevo precio de la póliza si no se ha cumplido con este precepto que marca la ley.

Así, en caso de que la aseguradora no preavise al asegurado, este puede exigir a la compañía que le mantenga la tarifa del año anterior. Al no respetar el preaviso, se entiende prorrogado el contrato en las mismas condiciones con las que se firmó y, por lo tanto, con el mismo precio.

Esta práctica no es una novedad entre las compañías de seguros y desde AEA alientan a los conductores y usuarios a solicitar la devolución del incremento de prima no comunicado antes del vencimiento.

Solicitar la devolución del sobreprecio pagado

Si la compañía aseguradora acepta la reclamación por la subida de precio y no tiene problema en devolver el dinero, el problema acaba aquí. Sin embargo, en los casos contrarios en los que las aseguradoras rechazan la solicitud, el procedimiento debe tramitarse ante la Dirección General de Seguros (DGS).

Desde este organismo, se ha establecido que «la prima es un elemento esencial del contrato, por lo que cualquier modificación de la misma, no pactada en la póliza, constituye una modificación contractual». Esto quiere decir que la compañía aseguradora tiene que llegar a un acuerdo con el conductor para que ambas partes estén de mutuo acuerdo al respecto del cambio de precio del seguro.

Al tratarse de una modificación del contrato inicial, desde la DGS se especifica que para que sea válido es necesario «el concurso de la voluntad de ambos contratantes, por lo que el asegurado debe aceptar tal modificación». Esto quiere decir que, tras dar el preaviso con dos meses de tiempo, el conductor tiene la obligación de rechazar o aceptar la subida de precio, entendiéndose la no respuesta como una aceptación de los cambios.


Source: Coches

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por admin