Jue. Ene 2nd, 2025

En las ciudades de España cada vez existen menos plazas gratuitas de aparcamientos, ya que el objetivo es reducir el uso del vehículo particular para potenciar medios más sostenibles como las bicicletas o el transporte público.

Por tanto, las denominadas como zonas de estacionamiento regulado están copando las urbes de nuestro país, además, las zonas peatonales también están creciendo. Por ello, a veces los conductores dejan sus vehículos aparcados cerca de comisarías de Policía o de cuarteles de la Guardia Civil y se preguntan si está permitido estacionar en frente de estos edificios.

¿Es legal aparcar en las inmediaciones de estos edificios?

El artículo 40 de la Ley de Tráfico recoge las prohibiciones de paradas y estacionamientos en las vías de nuestro país. Dentro de ese punto nos encontramos con que el estacionamiento y la parada puede estar prohibido en zonas restringidas por razones de defensa nacional, según dicta el Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero (BOE núm. 89, de 14 de abril), que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional.

En definitiva, en base con esta normativa, se pueden acoger los cuarteles de la Guardia Civil y las comisarías de la Policía Nacional, por lo que es probable que existan señales que dicten la prohibición de aparcar en zonas cercanas a estos edificios, también a bases militares, sedes parlamentarias, etc.

¿Qué multa establece la DGT por aparcar en un carril bici?

La Dirección General de Tráfico es muy concisa con la multa por estacionar en estos lugares reservados para los ciclistas. Por lo que estableció esta infracción como grave dentro del artículo 76 de la Ley de Tráfico en el que se prohíbe “parar o estacionar en el carril bus, en carriles o vías ciclistas, en curvas, cambios de rasante, etc. […]o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo para los peatones”.

Por lo que se estable una cuantía económica si te pillan, por ello, que asciende a 200 euros. Por otra parte, la DGT también informa que estos carriles bici no deben ser utilizados tampoco por los peatones para caminar, aunque en estos casos no especifica una sanción determinada.

¿A cuánto asciende la multa por estacionar en el parking de motos?

En caso de que aparques con tu turismo en las plazas reservadas para las motocicletas, la sanción puede ascender hasta los 200 euros dependiendo de la ordenanza municipal de la localidad donde realices la infracción.

Por otra parte, no supondrá la retirada de algún punto de tu carnet de conducir, aunque es posible que tu vehículo acabe siendo arrastrado por la grúa hasta el depósito municipal.


Source: Coches

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por admin