Entre las multas más comunes que interpone normalmente las policías locales a los conductores en España nos encontramos con las infracciones por estacionar en los lugares no habilitados para ello o no abonar el coste una zona de aparcamiento de pago.
Por tanto, muchos de estos conductores infractores se preguntan acerca de que les puede ocurrir si deciden no pagar una multa, cuyo motivo es un estacionamiento incorrecto en la vía pública, ya que en algunas ciudades las cuantías por ello son bastante elevadas, además que es fácil que la grúa retire el vehículo a un depósito municipal.
¿Cuáles son las consecuencias de no abonar la sanción?
Si se decide por no pagar a tiempo una multa, es posible que prescriba dependiendo de la administración que nos la haya puesto, aunque en todos los casos la responsabilidad legal seguirá vigente.
En el caso de las multas de tráfico de la Dirección General de Tráfico, una vez transcurran los 45 días, aumenta la cuantía en un 5%, además si interviene la Agencia Tributaria, la multa será un 20% superior, y en caso final de no pagarla, es posible que se lleve a cabo un procedimiento de embargo de bienes a nombre del infractor.
¿Cuánto tarda en prescribir una multa de aparcamiento?
En primer lugar, el tiempo máximo de notificación para sanciones de este tipo es de tres meses, por lo que, si no recibes la multa en ese periodo, significará que no te la han interpuesto, aunque es preciso indicar que el tiempo de notificación para las sanciones graves o muy graves es de seis meses.
Por otra parte, en el caso de las sanciones leves es posible que prescriban en un año, aunque como hemos indicado, la responsabilidad legal seguirá vigente, este grupo de infracciones se encuentran las cometidas por estacionar en los lugares no habilitados como vados, pasos de cebra o líneas amarillas.
¿Cuánto tiempo puede estar un vehículo estacionado en el mismo lugar?
La duración permitida para el estacionamiento en plazas de aparcamiento no tarifadas puede variar según la jurisdicción municipal, siendo este un aspecto regulado por las autoridades locales. En el caso de Madrid, se establece un límite de cinco días consecutivos, pero estos deben ser días hábiles, es decir, de lunes a viernes.
Por otro lado, en Barcelona, este periodo se amplía a ocho días consecutivos de estacionamiento en el mismo lugar. En Sevilla, la normativa específica que, en aparcamientos ubicados en zonas verdes o parques, la duración máxima de estacionamiento es de 48 horas.
Source: Coches