Uno de los temas a debate de este año es la posible creación de Zonas de Bajas Emisiones en casi 150 localidades españolas de más 50.000 habitantes, algo que restringiría y limitaría la circulación de tres cuartas partes de vehículos en todo el país. Esta medida, recogida en la ya aprobada Ley de Cambio Climático, suscita cuanto menos interés y dudas no solo por las consecuencias que tendrá su aplicación en la vida diaria de millones de conductores, sino también por lo impreciso de su redacción.
El 21 de mayo del 2021 se publicó en el BOE la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, en línea con las actuaciones desarrolladas por otras potencias europeas y con las directrices que marcó en su momento la Unión Europea. El objetivo principal de esta ley y sus homólogas europeas es evitar que siga aumentando la temperatura global y adoptar políticas públicas precisas y que se realicen inversiones bien orientadas.
Sin embargo, en España estas políticas precisas parece que se diluyen cuando se examina la ley de cerca. Lucía Gálvez, abogada de la consultora Pyramid Consulting, analiza para 20 Minutos en qué consistiría la aplicación de esta Ley de Cambio Climático.
«El principal reto son, sin duda, las trabas burocráticas de una Administración Pública en ocasiones, obsoleta y deficiente»
¿Cómo se van a implementar las zonas de bajas emisiones?
«En la ley se obliga a todas las ciudades de más de 50.000 habitantes a implantar una zona de bajas emisiones antes de 2023, lo que afectaría a un 1,8% de los municipios españoles», detalla esta abogada. También los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los niveles de contaminación permitidos entrarían dentro del mismo saco. «El principal reto son, sin duda, las trabas burocráticas de una Administración Pública en ocasiones, obsoleta y deficiente que no emplea los mecanismos necesarios para la creación de estas medidas», apunta.
La primera duda es cómo se crearían estas ZBE y bajo qué instrucciones. La ley no indica expresamente cómo deben llevarse a cabo estas medidas para reducir las emisiones, «lo que deja al libre albedrio de las entidades locales los mecanismos para realizarlas», resume Gálvez. Sí existen unas directrices remitidas por el propio Ministerio de Transición Tecnológica.
Algunas de ellas se refieren a la jerarquía con la que se debe restringir la circulación de los vehículos (empezando por los A hasta llegar progresivamente a los que tienen etiquetas B y C) y a los requisitos mínimos que deben cumplir las zonas de bajas emisiones en materia de calidad del aire, cambio climático, impulso modal, eficiencia energética y ruido.
En las mismas también se estipula, textualmente, que «sería interesante que los municipios establezcan vías de comunicación y colaboración adecuadas que les permita minimizar los costes mediante, por ejemplo, el desarrollo de ordenanzas municipales coherentes y coordinadas», por lo que se entiende que la regulación recaerá sobre los entes municipales. «Estamos, por tanto, ante una situación de desamparo jurídico puesto que, de ser así, es mucho más factible incurrir en una serie de errores de forma y fondo, fácilmente impugnables ante los Tribunales», sentencia Gálvez.
¿Los ayuntamientos pueden negarse a crear las ZBE?
«Más de un organismo municipal podrá evitar restricciones a la movilidad de determinados vehículos»
Al recaer la responsabilidad de la creación de las ZBE sobre los organismos municipales, ¿podrían estos negarse a implementar zonas de bajas emisiones? La respuesta es no, aunque para esta abogada nos encontramos frente a un vacío legal. «Nada se indica en el texto normativo sobre las consecuencias para los entes locales si no cumplen dicha normativa lo que, sumado a la falta de pautas previas, nos lleva a pensar que más de un organismo municipal podrá evitar restricciones a la movilidad de determinados vehículos», apunta Gálvez.
La tercera duda acuciante de la implementación de esta ley es la fecha. Se fija de manera genérica el próximo 2023 como año límite para la creación de estas zonas de bajas emisiones municipales, pero aquí la norma vuelve a ser inexacta ya que la redacción afirma que «antes de 2023 se llevarán estas implantaciones de zonas de bajas emisiones», lo que puede entender como antes de que empiece el año o antes de finalice.
Gálvez considera que existen razones más que evidentes para pensar que estos protocolos no serán efectivos a corto plazo. La incertidumbre jurídica y la falta de exactitud de la redacción de la ley en varios aspectos determinantes refrendan esta postura.
A esta inexactitud legislativa, «debemos sumar otra de las medidas que establece la propia ley», apostilla esta abogada. La opción de crear una especie de peaje para poder acceder a estas zonas es una de las soluciones planteadas que, por ejemplo, se está evaluando aplicar en Valencia. «Esto nos llevaría a sospechar, sencillamente, que se trata de una medida de recaudación tributaria y no tanto de una preocupación real sobre el cambio climático», sentencia Gálvez.
Source: Coches