Vie. Nov 15th, 2024

En los últimos años, las ciudades de más de 50.000 habitantes en España han experimentado la llegada de las Zonas de Bajas Emisiones, cuyo objetivo es reducir la emisión de gases contaminantes provenientes de los vehículos de combustión, restringiendo su entrada a algunas zonas de ellas. Aunque lo cierto es que muchas de ellas aún no han establecido sus ZBE o las han implantado con medidas poco restrictivas.

Para establecer los requisitos de acceso a las ZBE, los ayuntamientos se basan en las etiquetas ambientales de la DGT, que clasifican a los vehículos según sus emisiones contaminantes, y que la Unión Europea quiere revisar.

¿Cuándo se llevará a cabo el primer control sobre la contaminación de los vehículos?

Según precisa la web del Consejo de la Unión Europea, en el Reglamento sobre las emisiones de CO₂ de turismo y furgonetas nuevos está previsto que en el año 2026 la Comisión evalúe de manera exhaustiva los progresos realizados en cada país.

Además, dentro del Objetivo 55 de la Legislación Europea sobre el Clima, que quiere lograr el objetivo de reducir las emisiones de la UE en al menos un 55% de ahora al 2030, también se llevará a cabo un control sobre la calidad del aire en el 2027 para conocer el alcance de las medidas ya tomadas. Por ejemplo, en materia de la contaminación de los coches, una de ellas son las Zonas de Bajas Emisiones.

¿Qué etiquetas ambientales de la DGT existen?

En total hay 4 pegatinas según el impacto medioambiental del vehículo. En primer lugar, nos encontramos con la etiqueta 0 (azul), que hace referencia a los coches más eficientes, como los eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.

La segunda es la pegatina ECO (verde y azul) que incluye a los vehículos eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). Además, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.

En tercer lugar, aparece la etiqueta C (verde), que incluye a los vehículos de gasolina matriculados a partir de enero de 2006 y a los diésel posteriores a septiembre del año 2015. Por último, nos encontramos con el distintivo B (amarillo) que hace referencia a los coches y furgonetas gasolina matriculadas después del 2001 y a los diésel posteriores al año 2006, ambos años incluidos.

¿Existe la etiqueta A de la DGT?

La respuesta es no, sin embargo, ha habido una confusión generalizada, ya que tanto la población como los medios de comunicación han identificado erróneamente a los vehículos más contaminantes, aquellos sin etiqueta de la DGT, como portadores de una supuesta pegatina A. Aunque, esta categoría no está contemplada en la normativa de la Dirección General de Tráfico sobre distintivos ambientales.

En resumen, la etiqueta A no existe y, por lo tanto, no puede colocarse en el parabrisas de ningún vehículo. Los coches que no tienen derecho a obtener una pegatina de la DGT simplemente deben circular sin ningún distintivo que indique su categoría.


Source: Coches

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por admin