La Dirección General de Tráfico va adaptándose a los nuevos tiempos, actualizando sus normas y sanciones en función de las necesidades que surgen en lo que respecta a la seguridad vial. En este sentido, en 2023 se informó de nuevas medidas que se iban a empezar a aplicar y que afectarían a los conductores.
Si bien es cierto que prácticamente todas las que ya estaban en vigor se mantienen, también hay penalizaciones que dejaron de ser efectivas por decisión de la DGT. Así, aunque de estas últimas se puede olvidar todo el mundo, conviene estar atentos todas esas nuevas que quizás todavía no están interiorizadas al ser algo recientes.
Estos son los dispositivos ilegales a bordo
Una de estas multas que supone una sanción económica mayor e, incluso, la pérdida de puntos, se basa en los dispositivos que no se pueden llevar en el interior del coche, puesto que son ilegales. De esta manera, la norma se endureció, al aclarar que es sancionable el simple hecho de llevarlos en el vehículo.
- Detector de radares. Rastrean y localizan radares cercanos. Su uso, y también el llevarlos instalados en el coche, está considerado como una infracción grave y supone una multa de 200 euros y 3 puntos.
- Inhibidor de radares. Instalar uno de estos aparatos puede suponer una sanción importante. La Dirección General de Tráfico (DGT) asegura que «los inhibidores rastrean los radares y anulan su funcionamiento» por lo que llevar instalado este tipo de dispositivo al circular es ilegal y está sancionado con multas de hasta 6.000 euros y la retirada de 6 puntos del carnet. De la misma forma, los talleres que instalan estos aparatos también están expuestos a multas de hasta 30.000 euros.
Los avisadores de radares (GPS y aplicaciones móviles), en cambio, sí están permitidos, pero cuidado con manipularlos mientras se conduce. Según señala la DGT, «sitúan a los radares en el mapa y alertan al conductor de la proximidad del mismo. Por lo tanto, su uso es legal’».
Las multas y sanciones de la DGT
Más allá de endurecer las multas por llevar detectores o inhibidores de radares (aunque no se utilicen), la DGT también aprobó y endureció otras sanciones con multas de hasta 500 euros en el caso de las muy graves.
- Usar dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carné de conducir.
- Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes
- Incumplir las normas sobre auxilio en las vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.
- Parar o estacionar en carriles o vías ciclistas
- Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares. Como hemos comentado, basta simplemente con tenerlos.
- Conducir teniendo el permiso suspendido como medida cautelar
- Que motoristas o ciclistas utilicen el teléfono móvil sujetándolo con una mano o ajustándolo entre la cabeza y el casco.
- Incumplir la obligación de estar «en todo momento» en condiciones de controlar el vehículo.
- Que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves.
Source: Coches