El pasado mes de enero, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, anunció que durante el 2025 iban a entrar en funcionamiento 122 nuevos puntos de control de la velocidad en las carreteras de España. Desde hoy, 24 de marzo, una nueva remesa de 17 radares ha comenzado a operar en las comunidades autónomas antes indicadas.
De este número, nueve de ellos son cinemómetros fijos, mientras que ocho son de tramo, el radar favorito de la Dirección General de Tráfico, debido a que permite vigilar la velocidad de los vehículos durante varios kilómetros en una vía.
¿Dónde están ubicados estos 17 radares?
En primer lugar, vamos a dividir los nuevos dispositivos por comunidades autónomas y provincias e indicaremos el tipo de radar, la carretera y el punto kilométrico donde han entrado en funcionamiento.
Radares en Castilla y León:
- Fijo, km 11,250 de la LE-311 (León).
- Tramo, del km 91,750 – 92,435 de la SA-20 (Salamanca).
Radares en la Comunidad Valenciana:
- Tramo, en ambos sentidos, del km 960,050 – 961,000 de la N-340 (Castellón).
- Tramo, creciente, del km 2,460 – 6,450 de la V-31 (Valencia).
Radares en Andalucía:
- Fijo, km 4,350 de la A-491 (Cádiz).
- Fijo, km 0,700 de la A-49 (Sevilla).
- Fijo, km 5,818 de la A-8005 (Sevilla).
Radares en Canarias:
- Fijo, km 49,400 de la TF-5 (Tenerife).
- Fijo, km 9 de la TF-66 (Tenerife).
- Fijo, km 11,240 de la TF-65 (Tenerife).
Radares en Castilla La-Mancha:
- Fijo, km 17,460 de la CM-101 (Guadalajara).
- Fijo, km 1,800 de la CM-4010 (Toledo).
Radares en Madrid:
- Tramo, en ambos sentidos, del km 26,915 – 27,885 de la M-521.
¿Cuándo comenzarán a multar estos radares?
El Ministerio del Interior también precisó que ya están disponibles estas ubicaciones en la página web de la DGT, además, señaló que, durante el primer mes de funcionamiento, estos dispositivos solo llevarán a cabo sanciones informativas advirtiendo a los conductores que han sido captados por un radar con exceso de velocidad.
Una vez pasado este primer mes, los radares comenzarán a multar a quien sobrepase los límites.
¿Qué margen de error tendrán estos radares en su primer año?
Para ello es necesario acudir a las tablas 1 y 2 del Anexo XII de la Orden ICT/155/2020, que regula el control metrológico del Estado en determinados instrumentos de medida.
Por lo tanto, según lo indicado, durante el primer año de antigüedad, el margen de error es de ± 3 km/h si la velocidad es inferior a 100 km/h y de ± 3% si la velocidad es mayor a 100 km/h, en el caso de los radares fijos o de tramo. Por su parte, cuando el cinemómetro tiene más de 1 año, el margen aumenta a ± 5 km/h si la velocidad es inferior a 100 km/h, y a ±5% para velocidades superiores a 100 km/h.
Source: Coches