Las limusinas se caracterizan por ser vehículos que se alquilan para celebraciones especiales o eventos, también son utilizadas por algunos dirigentes para actos oficiales, por ello, no son muy comunes de ver en las calles de las ciudades de España.
Por tanto, acerca de estos vehículos surgen muchas dudas entre la población, sobre todo con respecto al permiso de conducir que se necesita para ponerse al volante de ellas, así como, también los españoles se preguntan sobre el número de asientos que llevan o si cuentan con cinturón.
¿Qué número de plazas puede tener una limusina?
En primer lugar, la capacidad de una limusina vendrá determinada por la cifra de asientos que precise la ficha técnica y dependiendo de la categorización del vehículo. Es decir, si están consideradas como un turismo solo podrán contar con hasta 8 plazas.
En cambio, si en la ficha técnica se establece como un autobús, el número de asientos será mayor. Esto mismo ocurre con respecto al carnet que se necesita para conducirlas. Por ejemplo, Hummer diseño un modelo que tenía capacidad para más de 20 pasajeros.
¿Qué licencia se necesita para manejar una limusina?
Como hemos precisado en las líneas anteriores, todo dependerá del número de plazas con las que cuente la limusina, es decir, si el vehículo tiene una Masa Máxima Autorizada no superior a los 3.500 kg y dispone de hasta 9 plazas, incluida la del conductor, se podrá conducir con el carnet B o de coche.
En cambio, si la limusina cuenta con hasta 17 plazas y su MMA no es superior a los 3.500 kg, será necesaria la licencia de conducción D1. Por último, si el vehículo cuenta con más de 17 plazas, el carnet obligatorio será el D, es decir, el permiso de conducción de un autobús.
¿Qué otros vehículos se pueden conducir con el carnet de coche?
Con el carnet B es posible pilotar triciclos y cuatriciclos de motor, así como también los ciclomotores. Por otro lado, se permite conducir una moto de 125cc una vez se cumplen los tres años de antigüedad del permiso si se supera un curso específico que aún no ha entrado en vigor. Asimismo, está permitido ponerse al volante de un tractor o un vehículo agrícola.
Por último, la DGT señala que la licencia B autoriza a circular con “conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg”. Además, el Parlamento Europeo ha ampliado este número de vehículos.
Source: Coches