Mié. Oct 16th, 2024

La Dirección General de Tráfico señala que el consumo de alcohol al volante es uno de los principales factores de riesgo asociados a los accidentes de tráfico en España. De acuerdo con la DGT, se estima que el alcohol está involucrado entre el 30% y el 50% de los accidentes mortales en el país.

Por esta razón, en septiembre el ministro del interior, Fernando Grande-Marlaska, anunció que se iba a estudiar la reducción del límite de alcoholemia hasta los 0,2 g/l en sangre. Una propuesta no de ley que se aprobó el pasado 10 de octubre en el Congreso de los Diputados, aunque cabe destacar que la medida no va a entrar en vigor de forma inmediata y que es necesario esperar un tiempo.

¿Cuándo llegará la reducción del límite de alcoholemia?

En primer lugar, para llevar a cabo este cambio en la tasa de alcoholemia será necesario modificar el texto que aparece en el artículo 20 del Reglamento General de Circulación, titulado como Tasas de alcohol en sangre y aire espirado.

Para lograr la modificación del artículo del RGC se debe contar con el consenso de las diferentes fuerzas parlamentarias, que ya existe en la proposición no de ley, o con un Decreto Ley extraordinario por parte del Gobierno. Por tanto, sería necesario esperar hasta bien entrado el próximo año 2025 para que el límite de alcohol en sangre de 0,2 g/l sea una realidad en las carreteras de nuestro país.

¿Qué estipula el artículo 20 del Reglamento General de Circulación?

El artículo 20 del RGC especifica que no podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos ni los conductores de bicicletas con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro.

Además, el mismo artículo también precisa que el límite baja hasta los 0,15 mg/l en aire espirado y los 0,3 g/l sangre en el caso de que el conductor sea novel, es decir, durante los dos años siguientes a la obtención del permiso, o sea un conductor profesional.

¿Cuándo se considera delito el alcohol al volante?

El Código Penal español establece en su artículo 379.2 como un delito la conducción de un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas cuando se arroje “una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro”.

Además, el mismo artículo establece que “será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.


Source: Coches

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por admin

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