Vie. Dic 27th, 2024

LEIRE PÉREZ / ARPEM.COM

  • Si chocas contra un familiar que tenga hasta el tercer grado de consanguinidad, las aseguradoras lo considerarán como un fraude.
  • Aunque tengas el seguro del coche a todo riesgo, si das positivo en alcohol, el seguro no te cubrirá.
  • Si tuneas el coche, no se homologa y no lo declaras a la aseguradora, ésta no pagará en caso de accidente.
  • ENLACES RELACIONADOS: Análisis de casos: el accidente de Bruno Hortelano.

Choque de dos coches en un paso de cebra

Cuando tienes un accidente en la carretera el seguro de coche obligatorio cubre los daños materiales y personales ocasionados a terceros, y los propios si se tiene contratado uno a todo riesgo, pero ¿qué ocurre si el siniestro tiene lugar cuando el conductor ha bebido? ¿y si el conductor se queda dormido al volante? ¿o si te chocas contra un familiar? A continuación te explicamos, con la ayuda de UNESPA (Asociación Empresarial del Seguro) y arpem.com, cómo actúan los seguros en varios supuestos que planteamos a continuación.

Cuando el conductor está ebrio

  • Las víctimas siempre son indemnizadas por la aseguradora, ya sean daños a las personas o daños a las cosas. La aseguradora, de entrada, paga a todo el mundo.
  • La aseguradora tiene la posibilidad de repercutir al conductor ebrio los costes de las indemnizaciones pagadas.
  • Los daños propios sufridos por el vehículo del conductor ebrio no se reparan, aunque el coche esté cubierto a todo riesgo, porque se considera que ha habido una negligencia.

Hace unas semanas Bruno Hortelano tuvo un accidente de tráfico en la A-6, el conductor era su primo. El coche chocó primero contra un camión, después contra la mediana y finalmente acabó volcado. La mano derecha de Hortelano quedó gravemente herida según el parte de las asistencias médicas y su primo resultó ileso. El conductor duplicaba la tasa de alcoholemia.

Si se confirmase que el primo de Hortelano superaba la tasa de alcoholemia permitida, él mismo debería pagar la asistencia médica, los servicios de ambulancia, los de grúa y los desperfectos causados en la vía y en los vehículos implicados, además de abonar la correspondiente multa. Y si el camionero hubiera resultado herido, también tendría que hacer frente a una posible indemnización.

El Código Penal recoge, en su capítulo IV, los delitos contra la Seguridad Vial. Conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas (también drogas y otras sustancias) con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro se castiga penalmente (artículo 379). La condena puede ser de 3 a 6 meses de prisión, una multa de 6 a 12 meses o trabajos sociales de 31 o 90 días. Y en todos los casos también lleva la privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.

Cuando el conductor se queda dormido al volante

  • Las víctimas siempre son indemnizadas por la aseguradora, ya sean daños a las personas o daños a las cosas. La aseguradora, de entrada, paga a todo el mundo.
  • Los daños propios sufridos por el vehículo del conductor somnoliento sí se reparan pero solo si el coche está cubierto a todo riesgo.

Este es otro supuesto que ha estado en la sombra en el caso de Hortelano. Su representante defendió en las redes sociales que el conductor, el primo, no iba bebido, sino que se quedó dormido al volante. Si esto fuese así, el asegurado sí tendría derecho a beneficiarse de las garantías de su póliza, siempre que la tuviese a todo riesgo.

Otros casos

Además de provocar un accidente o conducir ebrio con más de 0,25 mg/l en aire respirado o 0,5 g/l en sangre (el límite indicado por la Ley), drogado o sin carnet, las aseguradoras no pagarán si el coche no ha pasado la ITV o si transporta más pasajeros de los permitidos, por ejemplo, seis personas en un vehículo de cinco plazas. Otros casos más rebuscados:

  • Si chocas contra un familiar, las aseguradoras piensan que es un fraude. No pagarán los daños del coche si el choque se ha producido entre el asegurado y su cónyuge o sus familiares, hasta el tercer grado de consanguinidad.
  • Si circula fuera del asfalto, encontrarás que pocas aseguradas lo cubren.
  • Ninguna compañía se hará cargo del arreglo de los daños de tu coche si provocas un siniestro y no ayudas a los accidentados, por ejemplo, si no ayudas a un peatón que has atropellado.
  • En el caso de producirse una catástrofe natural, guerra o accidente nuclear. En estos casos, la indemnización correrá a cargo del Consorcio de Seguros (un organismo estatal). Desde el 1 de julio de 2016 el Consorcio de Seguros corre con todos los gastos aun cuando no tengan contratada una cobertura de daños propios.
  • Una persona que tunea su coche y no lo homologa, ni se lo comunica a su aseguradora.
  • Cuando tu hijo coge el coche y su nombre no está en la poliza y éste tiene un accidente. En este caso las compañías de seguros fijan unos requisitos de edad y/o antigüedad del permiso de conducir que varían de unas a otras. El seguro se hará cargo de pagar a los perjudicados en un accidente, pero luego la aseguradora reclamará las cantidades al asegurado.
  • Si se deja el coche a un amigo que no cumple los requisitos de edad y tiempo del permiso de conducir establecidos por la aseguradora.

Si estás buscando un seguro de coche debes prestar atención a las condiciones de contratación y comparar antes de suscribirlo. En el comparador de seguros de 20MINUTOS.ES puedes ver todas las opciones para que compares precios y garantías entre las distintas compañías aseguradoras.

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Source: Coches

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por admin