Lun. Dic 23rd, 2024

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Sí, se puede adelantar por la derecha, pero solo en estos casos.

A la hora de circular por una vía pública, el conductor debe tener en cuenta multitud de circunstancias que pueden alterar su marcha. Respetar los límites de velocidad permitidos y llevar el vehículo a punto son dos cuestiones obligatorias, cuyo incumplimiento puede acarrear algún tipo de sanción.

Otra de las infracciones más comunes en la carretera son los adelantamientos a otros vehículos por el carril de la derecha. Una práctica que cuenta con una serie de excepciones en las que se puede efectuar. Tal y como explica el artículo 33 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, estos son supuestos en los que adelantar por la derecha en autopista no es una acción constitutiva de delito.

  • Como excepción, y si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado, así como en las vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que marchen por la zona central.
  • Siempre que exista demasiada retención de vehículos en el carril izquierdo y los vehículos que lo ocupen permanezcan parados en un atasco. En este caso, los coches del carril derecho pueden avanzar la marcha sin que sea considerado un adelantamiento.
  • También se permite adelantar por la derecha dentro de los poblados en calzadas con dos o más carriles para el sentido de la marcha y delimitadas por marcas longitudinales, siempre que el conductor realice la maniobra asegurándose previamente de que es un movimiento seguro y que no entraña ningún riesgo para cualquier otro vehículo.

El adelantamiento indebido por el carril derecho puede suponer una multa de hasta 200 euros para el conductor del vehículo.


Source: Coches

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por admin