Dom. Nov 24th, 2024

GUILLE LLOPIS

  • Tan solo las sanciones tipificadas como graves o muy graves implican una sanción de retirada de puntos del carné de conducir.
  • Dentro de las que implican pérdida de puntos, la DGT las clasifica según su gravedad: dos, tres, cuatro o seis puntos.
  • Un conductor no puede perder más de ocho puntos en un mismo día, aunque hay excepciones en función del tipo de infracción.
  • Toda la información sobre el carné por puntos en la minuteca.

Radar de tráfico

Cada vez que un conductor se pone al volante y sale a circular se expone a multitud de factores: el tráfico, las condiciones climatológicas, el estado del pavimento… y las multas. El carné de conducir por puntos, sobrepasada su década de vida, se ha convertido en un elemento cotidiano para los usuarios de distintos tipos de vehículos, aunque no siempre queda claro cuántos puntos restan determinadas infracciones.

La Dirección General de Tráfico clasifica las infracciones en función de su nivel de gravedad: pueden restar al conductor seis, cuatro, tres o dos puntos, según cómo estén tipificadas. Los puntos se restarán al conductor cuando pase un mes desde la fecha en la que recibe la resolución que le comunica la sanción que le ha sido impuesta, o inmediatamente después de la resolución en las multas que sean recurridas.

Por exceso de velocidad

Una de las infracciones más frecuentes que implica pérdida de puntos para los conductores españoles es la conducción con velocidades por encima de las legalmente permitidas. El exceso de velocidad puede implicar pérdida de 2, 3, 4 y 6 puntos en función de su gravedad, por lo que la DGT establece una serie de escalones para fijar la sanción.

Así, superar el límite de velocidad entre 21 y 30 kilómetros por hora implica una pérdida de dos puntos. Serán tres cuando el exceso sobrepase los límites permitidos entre 31 y 40 kilómetros por hora, y pueden ser cuatro puntos si el desfase es de más de 40 kilómetros por hora, siempre que no suponga más del 50% del límite permitido.

La máxima sanción por exceso de velocidad, de seis puntos, se aplicará únicamente para vehículos que superen la velocidad máxima permitida en más de un 50% siempre que ello suponga además superar el límite en al menos 30 kilómetros por hora.

Por saltarse un semáforo

Además de marcar la velocidad máxima legal a la que puede conducir un conductor, las señales (tanto estáticas como lumínicas) indican las prioridades de paso en el cruce de las vías, y no respetarlas también puede acarrear una pérdida de puntos.

En el segundo escalón de gravedad, el de cuatro puntos por infracción, la DGT establece las sanciones emitidas por no respetar las prioridades de paso. Esto incluye saltarse un semáforo en rojo, no detenerse ante las señales de stop o no respetar la prioridad de paso.

En un mismo día

La regla general indica que un conductor no puede perder más de ocho puntos en un mismo día… pero puede haber excepciones. Ciertas infracciones graves pueden implicar la pérdida de todos los puntos de golpe, como sería el caso de acumular distintas sanciones por conducir con tasas de alcohol no permitidas o bajo los efectos de otras drogas, negarse a someterse a las pruebas de alcohol y drogas, sobrepasar en más de un 50% la velocidad autorizada o conducción manifiestamente temeraria.

Estas infracciones, así como otras del estilo de la excesiva ocupación del vehículo, circular en sentido contrario, participar en carreras no autorizadas o el incumplimiento de los tiempos de conducción y descanso obligatorios (en el caso de conductores profesionales) pueden implicar la pérdida de más puntos de los ocho mencionados, incluso la retirada automática del permiso de conducir.

¿Cuántos puntos resta cada infracción?

A continuación, reproducimos todas las sanciones que implican pérdida de puntos, así como su cuantía y descripción. También puede consultarse la información en la página web de la DGT.

Seis puntos

  • Alcohol: tasa superior a 0,50 miligramos por litro en aire aspirado. La tasa es de 0,3 para conductores noveles y profesionales.
  • Drogas: conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y sustancias de efectos análogos.
  • Conducción temeraria.
  • Negarse a pasar las pruebas de alcoholemia o drogas.
  • Velocidad: superar en más del 50% el límite permitido, siempre que suponga un desfase de más de 30 km/h.
  • Profesionales: exceder en más del 50% los tiempos de conducción o no respetar -en la misma proporción- los de descanso.

Cuatro puntos

  • Alcohol: tasa superior a 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l en aire aspirado. Conductores profesionales y noveles, tasa superior a 0,15 y hasta 0,30.
  • Velocidad: exceder el límite en más de 40 km/h, siempre que no suponga también superarlo en más de un 50%.
  • Crear riesgo: conducir de forma negligente de forma que ponga en peligro a terceros.
  • Vehículos no autorizados: circular por autopista o autovía con vehículos que tengan prohibido hacerlo.
  • Arrojar objetos: lanzar a la vía o sus alrededores objetos que puedan producir incencios o accidentes.
  • Exceso de ocupantes: circular con más pasajeros de los permitidos, siempre que exceda el ‘numero de plazas autorizadas en un 50% o más, excluyendo al conductor. No aplicable a autobuses urbanos o interurbanos.
  • No respetar la prioridad: saltarse un semáforo en rojo, un stop o no respetar una prioridad de paso.
  • Adelantamientos peligrosos: adelantar poniendo en riesgo a quienes circulan en sentido contrario o con visibilidad reducida.
  • Poner en riesgo a ciclistas.
  • Marcha atrás en autopistas o autovías.
  • No respetar las señales de un agente.
  • Dificultar un adelantamiento a otro conductor.
  • Conducir sin permiso.

Tres puntos

  • Velocidad: sobrepasar el límite entre 31 y 40 km/h.
  • Cambiar de sentido incumpliendo las normas.
  • No mantener la distancia de seguridad.
  • Circular sin cinturón o sin casco.
  • Utilizar manualmente el móvil, auriculares u otros dispositivos.

Dos puntos

  • Estacionamientos peligrosos: aparcar en zonas de riesgo para la circulación, pasos de peatones o carriles destinados al transporte público urbano.
  • Utilizar sistemas anti-radares.
  • Alumbrado: no llevar el alumbrado cuando es obligatorio o hacer mal uso de él.
  • Pasajeros menores: circular en motocicleta o ciclomotor con un menor de 12 años como pasajero.
  • Velocidad: superar el límite entre 21 y 30 km/h.


Source: Coches

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por admin