El pasado 19 de febrero, un camión vertió una gran cantidad de su carga de cebada sobre un vial de la A-66 (Gijón-Sevilla), a la altura del kilómetro 579, en Cáceres. Además, según indica la Guardia Civil de Cáceres, el individuo no aviso del peligro a las autoridades, lo que obligó a cortar el carril derecho de la vía para retirar la carga derramada.
Por esta razón, los agentes de tráfico de la Benemérita comenzaron una investigación que finalizó el 31 de marzo con la identificación de un varón de 44 años que presuntamente conducía el tractocamión con semirremolque del que cayó la cebada sobre la calzada, por lo que está siendo investigado por un supuesto delito contra la seguridad vial.
¿Por qué delito está siendo investigado?
En este caso, el Juzgado de Instrucción de Guardia de Cáceres investiga al camionero por un supuesto delito contra la Seguridad Vial tipificado en el artículo 385 del Código Penal español, que especifica que el que «origine un grave riesgo para la circulación derramando sustancias deslizables», como la cebada en la vía. El mismo artículo dicta que el responsable «será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o a las de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días» por dicha comisión de delito.
Además, la Guardia Civil de Cáceres apuntó que “pesar de la evidente peligrosidad generada para el resto de los conductores, el responsable del camión abandonó el lugar sin señalizar el peligro ni alertar a los servicios de emergencia”.
¿Qué otras infracciones señalan el mismo artículo como delito?
El artículo 385 también precisa que serán castigados con las penas anteriormente mencionadas, «el que origine un grave riesgo para la circulación de estas formas: Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio» y, por último, quien no restableciera «la seguridad de la vía, cuando hay obligación de hacerlo».
Además, dicho artículo también especifica que «el Juez o Tribunal, razonándolo en sentencia, podrá rebajar en un grado la pena de prisión en atención a la menor entidad del riesgo causado y a las demás circunstancias del hecho».
¿Qué carnet se necesita para conducir un tráiler en España?
Según la normativa de la Dirección General de Tráfico, para conducir vehículos articulados o conjuntos con remolque de dos ejes es imprescindible contar con un permiso C+E o C1+E en vigor. Ambos tipos de licencia requieren superar las mismas pruebas para su obtención.
Asimismo, para desempeñar un trabajo que implique el uso de estos vehículos, es obligatorio obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP). Este certificado, reconocido por los estándares de la Unión Europea, exige completar una cualificación inicial y realizar formación continua.
Source: Coches