En España, los ayuntamientos tienen las competencias en materia de tráfico, según lo indicado en Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial del año 2016. Por tanto, deciden donde situar radares de velocidad en sus calles, así como también los agentes de su policía local pueden sancionar por infracciones a la normativa de tráfico.
Por otra parte, las calles de un solo carril por sentido están limitadas a 30 km/h tras la última actualización de la Ley de Tráfico y los conductores se preguntan acerca de la velocidad exacta a la que salta un radar en este tipo de vías, ya que es muy fácil superar el límite.
¿Qué margen de error tendrá el radar limitado a 30 km/h?
Todo dependerá de los años que lleve instalado el cinemómetro y del tipo, ya que el margen de error es distinto según sea fijo, móvil o de medios aéreos. En este caso, hay que acudir a las tablas 1 y 2 del anexo XII de la Orden ICT/155/2020 por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida.
En ellas nos encontramos con el margen de error máximo permito. Por ejemplo, para cinemómetros fijos o de tramo instalados hace menos de un año, el margen es de tan solo ±3 km/h, por tanto, en una vía limitada a 30 km/h, el margen será de 33 km/h. En cambio, si el radar fijo tiene más de un año de antigüedad, el margen de error será de ±5 km/h
¿A partir de qué velocidad te quitan puntos en una zona de 30 km/h?
Para saber esta velocidad es necesario acudir al anexo IV de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, donde encontramos una tabla que indican las sanciones y los puntos a detraer por exceso de velocidad captado por un cinemómetro.
En vías limitadas a 30 km/h, será a partir de un exceso superior a 51 km/h cuando la DGT te quitará 2 puntos de tu permiso de conducir, además de que te impondrá una multa de 300 euros. Después, el número de puntos a perder y la cuantía de la sanción irá aumentando progresivamente hasta considerase una infracción como muy grave si supera los 91 km/h, momento en que la multa será de 600 euros con la pérdida asociada de seis puntos.
¿Qué pasa si te pillan a más de 90 km/h en un tramo de 30?
En este caso, además de la sanción y la detracción de seis puntos del carnet de conducir se incurre en un delito contra la Seguridad Vial tipificado en el artículo 379 del Código Penal Español por conducir “un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana”.
El mismo artículo precisa que el conductor “será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.
Source: Coches