Mar. Feb 25th, 2025

La movilidad urbana en España se encuentra en un gran proceso de cambio en favor de la utilización del transporte público o los vehículos sostenibles en detrimento del uso del automóvil privado, aunque la convivencia entre estos tipos de vehículos a veces se muestra difícil.

Un ejemplo de ello hace referencia a la complicada situación en la que un autobús urbano para en una marquesina para recoger a los pasajeros durante un minuto. En esta ocasión, en caso de que exista una línea continua en el carril donde se encuentra el bus, se genera una retención de los vehículos que circulan tras este.

¿Qué dice la DGT acerca de sobrepasar a un bus en línea continua?

La Dirección General de Tráfico llevó a cabo una explicación a través de una nota informativa en el año 2019, ya que esta situación entraba en ambigüedad con lo publicado en el artículo 88 del Reglamento General de Circulación que trata sobre las circunstancias donde se puede adelantar en línea continua.

En dicho comunicado que publicó el RACE, la DGT indica que es legal adelantar a un autobús que está parado en una marquesina con base en una necesidad de tráfico. Eso sí, dicho adelantamiento deberá tener en cuenta el riesgo de circular por el carril contrario, por lo que se debe llevar a cabo una valoración de la situación antes de comenzar la maniobra.

¿En qué otras circunstancias se permite adelantar en línea continua?

El Reglamento General de Circulación especifica en su artículo 88 los lugares en los que se puede realizar este movimiento: “Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro”.

Además, explica que esta normativa también se aplica a las bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones y vehículos de tracción animal, siempre y “cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general”.

¿Qué pasa si adelantas un tractor en línea continua?

En este caso, la DGT califica el adelantamiento a un vehículo agrícola en línea continua como una infracción grave, por lo que la sanción asciende a los 400 euros y con la retirada aparejada de cuatro puntos del carnet de conducir.


Source: Coches

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por admin