Lun. Nov 18th, 2024

Los ciclistas son considerados en las carreteras de España como usuarios vulnerables por la Dirección General de Tráfico, pero ello no les exenta de respetar las normas de circulación, ya que es fundamental su cumplimiento para evitar situaciones de peligro para ellos.

Por tanto, en el vídeo difundido por Social Drive en la red social X (Twitter) se puede observar a un grupo de ciclistas adelantando sin respetar distancias de seguridad y además sobrepasando por ambos lados al vehículo que les precede, por lo que ponen en peligro su integridad física.

¿Cuál sería la multa para este pelotón de ciclistas?

En primer lugar, el Reglamento General de Circulación especifica en su artículo 36 que solo las bicicletas pueden circular en columna de dos por una vía, pero deben hacerlo por el arcén de la calzada. Además, el artículo reza que deben circular “orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico”.

Por tanto, en el vídeo difundido por Social Drive claramente incumplen el Reglamento, por lo que la DGT les podría sancionar con una cuantía de 200 euros por no respetar la normativa y circular en grupeta.

¿Se puede adelantar a un grupo de ciclistas en línea continua?

La respuesta es que sí se puede, pero solo en las vías interurbanas tal y como especifica el Reglamento General de Conducción en su artículo 85: “se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones previstas en este reglamento; en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros”.

Además, “queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario”, ya que la pena asciende a la retirada de seis puntos del carnet y una multa de 200 euros.

¿Cómo son los controles de alcoholemia para los ciclistas?

La Dirección General de Tráfico especifica que estos test de alcoholemia son similares a los que se realizan a los conductores de turismos, motocicletas o camiones, por tanto, en caso de que un ciclista arroje un resultado de más de 0,25 mg/l en aire aspirado será sancionado.

Por otra parte, si supera en la tasa de 0,60 mg/l el ciclista será imputado por un delito contra la seguridad vial según el Código Penal español, eso sí, es preciso indicar que no le supondrá la pérdida de algún punto de la licencia de conducción en caso de tener el carnet B, por ejemplo.


Source: Coches

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por admin