Son numerosas las ocasiones en las que se reciben multas de tráfico con las que el infractor no está de acuerdo. En la mayoría de casos es inevitable tener que realizar el pago de la sanción, aunque hay varios puntos en los que el afectado puede apelar esa penalización.
Se puede recurrir una multa de tráfico por dos motivos: ya sea por cuestiones de fondo, esto es, la causa de la sanción, o por cuestiones de forma, es decir, la penalización no ha sido impuesta siguiendo los procedimientos correctos.
Tipos de multa que se pueden apelar
En cuanto a las cuestiones de fondo, se pueden apelar multas que respondan a tres razones distintas: la primera es por un mal estacionamiento del vehículo. Las cuantía en este tipo sanciones pueden ir desde los 30 euros (si se excede el límite de tiempo en una Zona Azul) hasta los 3.000 euros por estacionar en una zona protegida. Una de las razones por las que el afectado podría quedar exento de pagar la multa es si demuestra que la zona no estaba bien señalizada.
También se podrán presentar alegaciones a sanciones por exceso de velocidad, cuya cantidad y penalización de puntos varía según la gravedad de la infracción. Eso sí, el afectado deberá estar completamente seguro de que no ha incumplido la normativa de velocidad, ya que los radares tienen un ínfimo margen de error.
Por último, también se podrán apelar multas por alcoholemia, que al igual que las penalizaciones por exceso de velocidad, varían en función de la notoriedad de la infracción. En estos casos, se deberán presentar pruebas irrefutables de que el alcoholímetro no funcionaba correctamente o que los agentes que realizaban los controles no hicieron la prueba adecuadamente.
Defectos de forma
El otro fundamento para presentar un recurso de apelación es por cuestiones de forma de la multa, que a su vez puede darse en tres casos: si la sanción está incompleta o alguno de los datos es incorrecto o si se produce algún error en la tramitación de la sanción.
¿Cómo se puede recurrir una multa?
Éste tipo de apelaciones se podrán realizar a través de la aplicación web de la Administración, por correo postal (dirigido a la Jefatura de Tráfico o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas) o bien de manera presencial en una oficina de tráfico.
Para recurrir, el infractor necesitará el número de expediente sancionador, es decir, de la multa, los datos y la firma del afectado y las correspondientes alegaciones. El plazo para apelar es de 20 días hábiles desde la notificación de la penalización.
Source: Coches