Al recibir una multa de tráfico lo que debemos plantearnos no es si queremos o no pagarla, sino si realmente debemos pagarla o no, ya que ello va a generarnos consecuencias.
Podemos recurrir en el plazo de 20 días naturales
«Si no estamos de acuerdo con la infracción que nos imputan, podemos recurrir en el plazo de 20 días naturales, a contar desde su notificación, pero hay que valorar las posibilidades de éxito, pues si el recurso se pierde, automáticamente perderemos también la posibilidad de reducir el importe de la multa propuesta en un 50%», explica a 20minutos Leticia Grande, abogada de reclamador.es.
Si el recurso se pierde, automáticamente perderemos también la posibilidad de reducir el importe de la multa propuesta en un 50%
Qué multas se suelen recurrir
Las multas que generalmente se recurren con éxito son aquellas que presentan errores en los datos del conductor (por ejemplo, nombre y/o apellidos), del vehículo (por ejemplo, matrícula) o de las circunstancias que han motivado la supuesta infracción (por ejemplo, inexistencia de señalización adecuada o no aplicación del margen de error de los cinemómetros), informa la letrada.
«Es muy importante ser capaces de probar la existencia de cualquier error o deficiencia que creamos que se ha producido, puesto que las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todas las pruebas que puedan para sustentar la infracción denunciada», advierte Leticia Grande.
Presentar un escrito de alegaciones a la DGT
Si finalmente optamos por recurrir, será necesario presentar un escrito de alegaciones remitiéndolo a la DGT o bien acudir al Ayuntamiento (si la multa fue impuesta por la Policía local).
Si la Administración no te da la razón y considera que la multa está perfectamente justificada tienes dos opciones:
-Pagar el 100% de la multa, en el plazo de 15 días a contar desde la notificación de la resolución (recordemos que al haber recurrido y no obtener resolución favorable, se pierde el derecho al descuento del 50% del importe de la multa).
-O, si sigues sin estar conforme, podrás presentar un recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la resolución.
Acudir a la vía judificial
Si tras presentar dicho recurso, la Administración sigue sin darte la razón y no estás de acuerdo, podrás acudir a la vía judicial, presentando un recurso contencioso-administrativo. Para este último paso necesitarás siempre de la asistencia de abogado y procurador.
«Como acabamos de ver, recurrir una multa es posible, pero complicado y, como ocurre en cualquier procedimiento, nos obliga a asumir una serie de riesgos e incluso costes», señala la abogada. «Por ello, desde reclamador.es aconsejamos hacer un llamamiento a la prudencia y a la responsabilidad y aprovechamos para recordar la importancia de contar siempre con el asesoramiento previo de un experto en la materia que nos explique la situación que se nos plantea y sus consecuencias», concluye.
Source: Coches