Sáb. Oct 5th, 2024

El Brexit ya está aquí. Aunque ya hace cuatro años que el referéndum celebrado en el Reino Unido reveló las intenciones del pueblo británico de abandonar la Unión Europa, ha habido varias prórrogas para hacer efectiva esta separación y la última de ellas, que comenzó en octubre del 2019, finaliza con fecha 31 de diciembre del 2020.

Con estas fechas y hablando de lo que nos ocupa… ¿Qué va a pasar con los permisos de conducir tanto en España como en el Reino Unido? Pues bien, por el momento y según las informaciones de las que disponen las autoridades españolas, así como lo publicado en la web del Gobierno británico, los ciudadanos españoles que decidan seguir residiendo en el Reino Unido podrán conducir sin necesidad de obtener un permiso de conducción internacional y sin cambiar sus carnés.

Otra historia es la relacionada con la póliza de seguros que cubra al conductor en cuestión, pero en el caso de tener una cobertura europea no habrá ningún problema. De otro modo, sí será necesario obtener la Green Card.

Las necesidades administrativas cambian en el caso de los ciudadanos británicos que residan en España. Para ellos, sí que es necesario cambiar su carné de conducir por el permiso válido en el territorio español y disponen hasta fecha 31 de diciembre de este año para solicitar el canje voluntario.

Para realizar este trámite habrá que presentar en Tráfico el formulario correspondiente, una foto de carné, el permiso de residencia, el permiso a canjear todavía en vigor y el justificante de pago. Toda la información práctica está recogida en la sede online de la Dirección General de Tráfico.

Cabe recordar que, según el Ministerio de Asuntos Exteriores, hay unos 370.000 británicos residentes en España y a partir del 1 de enero de 2021 sus permisos de conducir dejarán de ser válidos.


Source: Coches

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por admin