Jue. Dic 26th, 2024

Te compras un coche pero no solo lo utilizas tú. Se lo dejas a algún familiar o a algún amigo y, semanas más tarde, llega a tu domicilio una sanción de un radar de la DGT. Revisas las fechas y ese día ni siquiera habías subido al coche… ¿Qué ha pasado? Pues que la persona multada (e infractora) no has sido tú, sino a quién le prestaste tu vehículo.

Ojo, que la cosa no queda aquí. De no solucionar esta situación e identificar al conductor que conducía el vehículo en la fecha y hora de la infracción detectada, el propietario del coche sí que puede acabar recibiendo una multa nada económica. En concreto, de hasta 1.500 euros de cuantía y sin posibilidad de pronto pago.

Se trata de una sanción por no identificar o no responder al requerimiento de identificación del verdadero infractor y recae sobre el propietario del vehículo que ha estado involucrado en la infracción. El cálculo del coste de este tipo de multa se realiza tomando como referencia la sanción económica prevista para el hecho castigado. Si se trata de una infracción leve la propuesta será del doble y si es una infracción grave, del triple.

La persecución de la no identificación de los conductores infractores tiene un objetivo muy simple: no dejar a los verdaderos culpables de no respetar las normas de seguridad vial sin las sanciones correspondientes. Además, así también se trata de poner freno al ‘intercambio’ de puntos del carné, en el que hay conductores que se hacen pasar por responsables para evitar que los verdaderos conductores sancionados tengan que perder saldo del carné por puntos en el caso de que les queden pocos.

El trámite para identificar al conductor no tiene coste alguno y puede llevarse a cabo a través de la sede electrónica de la DGT, a través de un impreso físico por correo postal ordinario o acudiendo, tras reservar cita, a cualquier Jefatura de Tráfico.


Source: Coches

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por admin