Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil a menudo se encuentran con situaciones peligrosas en las carreteras españolas. Una de estas últimas se produjo en la carretera CG-1.5 (Corredor Brión-Noya) en Galicia, cuando observaron a un camión circulando de forma temeraria, por lo que le detuvieron.
Una vez interceptado el camionero, la patrulla del Destacamento de Tráfico de Corcubión (A Coruña) inspeccionó el tacógrafo que reveló que el tráiler había circulado durante varios kilómetros a 120 km/h, además, reflejó una velocidad máxima en un momento de 168 km/h.
¿Qué sanción le impondrá la DGT al camionero?
Según precisó El Correo Gallego, los agentes de la Guardia Civil denunciaron al conductor del tráiler por una infracción de conducción temeraria, que está calificada por la DGT como muy grave, lo que implica una sanción de un mínimo de 500 euros y la consecuente detracción de seis puntos del carnet de conducir.
Además, dicha infracción también tiene consecuencias penales, ya que el artículo 380 del Código Penal especifica que “el que conduje un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años”.
¿Qué otras sanciones le impusieron al camionero?
Además de la multa por circular de forma temeraria, los agentes de la Benemérita le impusieron otras multas: una debido al mal funcionamiento del limitador de velocidad para este tipo de vehículos que debe ser de 90 km/h y otra relativa a no tener en vigor el CAP (Certificado de Aptitud Profesional).
Además, también le impusieron varias sanciones por incumplir los tiempos máximos de conducción y de descanso obligatorio establecidos por la ley. Por último, tras la identificación del camionero por la Guardia Civil, comprobaron que le constaba una orden de busca y captura, por lo que lo detuvieron a esperas de su puesta a disposición judicial.
¿Cómo aumentan las multas en las carreras limitadas a 90 km/h?
Para ello, debemos acudir a la tabla uno del Anexo IV de la Ley de Tráfico donde se especifica el cuadro de sanciones y puntos por excesos de velocidad. En el caso de una vía limitada a 90 km/h, una vez superas el límite y hasta los 120 km/h, la multa solo será económica y supondrá una cuantía de 100 euros. En cambio:
- De 121 km/h a 140 km/h: 200 euros y dos puntos.
- De 141 km/h a 150 km/h: 400 euros y cuatro puntos.
- De 151 km/h a 160 km/h: 500 euros y seis puntos.
- Más de 161 km/h: 600 euros y seis puntos.
Source: Coches