Jue. Nov 14th, 2024

Con el verano, millones de personas circularán por las carreteras de España hacia su destino vacacional en la anual Operación Salida. El coche se mantiene como el medio de transporte mayormente elegido para realizar el trayecto, sobre todo si se trata de turismo nacional, por lo que el número de desplazamientos se multiplicará en estos meses de periodo estival.

Una vez se llega al lugar de vacaciones, lo más común es utilizar muy poco el coche, pero siempre va a haber un momento en el que se tenga que usar. Con la playa y el calor, muchos conductores optan por no quitarse las chanclas y conducir con un ellas, confiando en sus habilidades en la carretera a pesar de no llevar un calzado adecuado.

Esto, en lugares costeros, es extremadamente común, sobre todo por comodidad, ya que las chanclas suelen ser el calzado predilecto durante las vacaciones, pero, ¿es legal conducir con ellas? ¿Hay riesgo de multa? ¿Si es así, cuál es la cuantía a pagar?

Reglamento General de Circulación

Aunque no está recogido como tal en el Reglamento General de Circulación y, por lo tanto, no está prohibido en sí, la DGT informa de que conducir con chanclas sí que puede ser motivo de sanción. ¿Por qué? Pues porque en la regulación lo que sí está contemplado (y además en varios artículos) es que se deben llevar a cabo precauciones a la hora de conducir un vehículo, y eso incluye la vestimenta.

En el artículo 3.1 del código se establece que «Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía […]».

Por otra parte, en el art. 13.1 se afirma que «Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales […]», mientras que el 13.2 señala que «El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción […]».

Posible multa

Por lo tanto, si no está prohibido en el reglamento, ¿puede ser motivo de multa? La respuesta es sí. La DGT, que estima que hasta 800.000 personas suelen conducir con chanclas en verano, recoge que un agente de la autoridad, si considera que no se han cumplido las pautas de conducción adecuada recogidas en los artículos citados, puede imponer una multa de hasta 80 euros. Por lo tanto, si alguien está pensando en utilizar el coche con este tipo de calzado durante el verano, mejor que utilice zapatos adecuados para ello, tanto por una posible sanción como por seguridad.


Source: Coches

Share Button

por admin