El vídeo que se hizo viral a las pocas horas de publicarse en España, se visualizaba a dos vehículos adelantándose de manera peligrosa, así como no dejándose dar el paso, y que finalmente acaba en un choque que dejó a la furgoneta en la cuneta de la M-40.
Desde la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil ya se encuentran investigando a ambos conductores, por lo que se aprecia en el vídeo subido a redes sociales, por lo que se está trabajando a fondo para identificarlos y que cumplan con la normativa de tráfico de nuestro país.
¿Qué consecuencias puede tener esta conducta en carretera?
En el caso de los dos vehículos que aparecen en el vídeo, ambos producen tal cantidad de infracciones contra la normativa de tráfico estipulada por la Dirección General de Tráfico, que se les podría imputar todo tipo de faltas, entre ellas varias tipificadas como muy graves.
Pero en esta circunstancia, la infracción más grave que cometen es la conducción temeraria, que engloba a varias situaciones de riesgo que cometen ambos conductores y que ponen en peligro al resto de los usuarios de la vía, por lo que la Guardia Civil los va a denunciar por esta sucesión de infracciones.
¿Cuál es la multa por conducción temeraria?
Como hemos indicado anteriormente, esta infracción está catalogada como muy grave por la ley de Tráfico, por lo que la sanción económica asciende a una cuantía de 500 euros con la consecuente retirada de 6 puntos de la licencia de conducción.
Además, si se prueba que con la sucesión de maniobras se genera un peligro de seguridad hacia el resto de los usuarios de la vía, es posible que esta infracción catalogada como conducción temeraria se constituya como un delito contra la seguridad del tráfico, lo que implica la apertura de un proceso judicial que puede acabar con penas de prisión.
¿Cuántos años de cárcel te caen por conducción temeraria?
Una vez la infracción por conducción temeraria llega a la vía penal, el juez podría basarse en el Artículo 380 del Código Penal que establece “prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años”.
Por otra parte, si el magistrado estipula que al circular estás cometiendo conducción temeraria, existe un manifiesto desprecio por la vida de los demás, tal y como indica el Artículo 381, la condena será mayor en caso de que se demuestre esta circunstancia.
Source: Coches