Dom. Dic 22nd, 2024

Durante el periodo navideño es normal moverse más con el coche (en parte por el frío, en parte por no coger el transporte público cargados con regalos y otros enseres), ya sea en la misma ciudad en la que residimos o fuera de ella porque hemos ido a visitar a la familia. Pero encontrar aparcamiento, a veces, no es tan fácil y, apelando a la bondad de los agentes y controladores de los estacionamientos regulados, esperamos que aún aparcando mal no nos pongan una multa.

Pues bien, no hay que fiarse nunca a la hora de dejar mal aparcado el coche alegando que en los días de fiesta no se multa, porque al ir a recogerlo a la mañana siguiente podemos encontrarnos con una bonita nota en el parabrisas. ¿Cuándo es posible que nos multen? ¿En qué situaciones está mal estacionado el coche?

Según el Reglamento de Conductores está prohibido estacionar y parar el vehículo en:

  • En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal de túnel.
  • En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
  • En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
  • En las intersecciones y en sus proximidades si se dificulta el giro a otros vehículos o en vías interurbanas si se genera peligro por falta de visibilidad.
  • Sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecerse su circulación.
  • En los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.
  • En autopistas y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello.
  • En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano o en los reservados para las bicicletas.
  • En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano.
  • En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos para peatones.

Los lugares en los que sí se puede parar pero no estacionar son:

Por lo tanto, si aparcamos el coche en cualquiera de estos supuestos, podremos recibir una multa. En la gran mayoría de ellos (vados, carga y descarga…) se considera una falta grave y la multa será de 200 euros, además de que correremos el peligro de que nuestro coche acabe en el depósito municipal. Si se trata de multas en zona de estacionamiento regulado, las sanciones son más suaves pero dependerán del ayuntamiento que regule el SER.


Source: Coches

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por admin