La Dirección General de Tráfico define a un autobús como “un automóvil que tiene más de 9 plazas, incluido la del conductor, concebido y construido para el transporte de personas y sus equipajes. Se incluye en este concepto a los trolebuses, es decir, los vehículos conectados a una línea eléctrica y que no circula por raíles”.
Por otra parte, existen varios tipos de estos vehículos, ya que pueden estar destinados al transporte urbano, al de grandes distancias o ser de los llamados microbuses, por lo que la velocidad máxima a la que es posible circular con ellos varía, también es distinta según por el tipo de vía que se transite.
¿Cuál es la velocidad a la que puede ir un autobús en autovía?
En las vías de alta capacidad, pueden circular de forma legal hasta un máximo de 100 km/h, al igual que los vehículos derivados de un turismo y los vehículos mixtos adaptables, siempre y cuando, el tramo por el que transiten sea de 120 km/h para los turismos.
Por otro lado, en las vías secundarias que cuenten con un arcén pavimentado de más de 1,5 metros de ancho y con más de un carril por tendido, tienen permitido circular a 90 km/h. En el resto de las carreteras convencionales, el límite establecido es de 80 km/h, así como también será esa cifra cuando puedan viajar pasajeros de pie.
¿Cuál es la velocidad a la que deben circular en ciudad?
En el caso de los entornos urbanos cumplirán los mismos límites de velocidad que los turismos, es decir, en travesías o avenidas de más de un carril por sentido, podrán circular hasta los 50 km/h, mientras que, en las calles de un vial, el límite será de 30 km/h.
¿Quién tiene que usar el cinturón en un autobús?
En todos los autobuses interurbanos que se matricularon después del año 2007, todos los pasajeros deben llevar el cinturón de seguridad abrochado, aunque circulen por la ciudad, además el conductor también lo debe portar. Solo existe una excepción que ocurre en los menores de 3 años, los cuales no están obligados a abrocharse el cinturón, en parte debido a que no se ajusta a su talla.
Por último, si el autobús se matriculó antes de 2007 y no lleva este elemento de seguridad, podremos viajar sin miedo a sufrir una sanción. Asimismo, en los buses urbanos no será obligatorio, ya que carecen de este sistema de seguridad.
Source: Coches