A través de su canal de YouTube @Desterrado, Juan Carlos Toribio, exguardia civil de la Agrupación de Tráfico, muestra tramos de la red viaria española que ponen en riesgo a los usuarios de ella y que pueden causar un accidente, por lo que denuncia a la DGT por el estado de esas carreteras.
En uno de sus últimos vídeos viaja hasta la carretera CV-923 situada en Nonaspe (Zaragoza), donde enseña un tramo en el que la vía cruza por un puente sobre el río Matarraña que no cuenta con un sistema de contención para vehículos, así como, reduce su anchura funcional sin previo aviso antes del puente.
¿Qué normativa incumple esta carretera?
En primer lugar, Juan Carlos Toribio explica que esta vía incumple con el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 6/2015, por el que se aprueba el texto de la Ley sobre Tráfico que señala todo lo referido al Mantenimiento de la carretera. Además, el exguardia civil especifica que también se salta el artículo 139 del Reglamento General de Circulación en lo relativo a la Responsabilidad de la señalización en las vías.
Por último, Toribio hace referencia al incumplimiento de la normativa técnica en el trazado (3.1), de la señalización vertical (8.1) y horizontal (8.2), así como, de la Orden Circular 35/2014. En definitiva, el exguardia civil apostilló que este tramo es un flagrante riesgo para la seguridad vial de los usuarios de la vía.
¿Qué especifica el artículo 57 de la Ley de Seguridad Vial?
Dicho artículo hace referencia a que el Mantenimiento de una carretera «corresponde al titular de la vía la responsabilidad del mantenimiento de la misma en las mejores condiciones posibles de seguridad para la circulación, y de la instalación y conservación en ella de las adecuadas señales y marcas viales.
También corresponde al titular de la vía la autorización previa para la instalación en ella de otras señales de circulación. En caso de emergencia, los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas, podrán instalar señales circunstanciales sin autorización previa».
¿Qué anchura funcional debe tener una carretera?
Además de las normativas que incumple este tramo de la CV-923 a su paso por Nonaspe (Zaragoza), el puente sobre el río Matarraña no respeta la anchura funcional de la vía, ya que Toribio especial que para las carreteras de doble sentido de circulación debe ser al menos de 6 metros cuando el límite de velocidad sea inferior a 40 km/h. Por tanto, en el caso de la CV-923, el puente solo cuenta con 4,30 metros de ancho, tras ser comprobado por Toribio.
Source: Coches