Lun. Dic 23rd, 2024

El alcohol es una de las sustancias que más afecta a la conducción, aunque su consumo se haga en pequeñas cantidades y sin superar la tasa de alcoholemia establecida por la normativa de tráfico de España, cuya cifra es de 0,25 mg/l por aire espirado.

Pero esta tasa es menor cuando los conductores son noveles, es decir, si se han sacado su permiso de conducir hace menos de dos años, o son conductores profesionales, para estos usuarios de la vía, el resultado en el test de alcohol de la Dirección General de Tráfico debe ser inferior a 0,15 mg/l por aire espirado. Por último, destacar que hay un colectivo de conductores que no pueden arrojar un resultado mayor a 0,0 mg/l en el control.

¿Qué conductores solo pueden dar 0,0 en alcohol?

En este caso estamos hablando de los conductores menores de 18 años, ya que la ley en España prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas, así como su venta en establecimientos a los menores de edad, por lo que la DGT solo les permite arrojar un resultado de 0,0 en la tasa de alcoholemia.

Por tanto, en caso de que superen esa cifra, serán sancionados con una multa de 500 euros y sumado a ello, la pérdida de un mínimo de cuatro puntos de su carnet de conducir.

¿Qué puede conducir un menor de edad?

En primer lugar, con solo 15 años es posible pilotar ciclomotores de hasta 49 cc, tanto de dos ruedas, como de tres, así como, cuatriciclos con motores gasolina de la misma cilindrada, los denominados “coches sin carnet” en la jerga popular.

Una vez se cumplen los 16 años, aumenta el número de vehículos para conducir, ya que se puede pilotar una motocicleta de hasta 125 cc, que cuente con una potencia máxima de 11 kilovatios o 15 cv de potencia, asimismo, también conducir un vehículo agrícola, como un tractor, eso sí, su velocidad máxima estará limitada a los 45 km/h.

¿Qué vehículos se podrán conducir con el nuevo permiso B1?

Según apuntó Pere Navarro, director de la Dirección General de Tráfico, quien se saque la nueva licencia podrá conducir cuadriciclos y triciclos de hasta 400 kg por la vía pública, eso sí, solo deberán contar con una potencia máxima de 15 kW y no podrán superar los 90 km/h.

Con esta medida se pretende aumentar las ventas de este tipo de vehículos que suelen ser de propulsión eléctrica, por lo que obtendrían la etiqueta ECO de la DGT, con lo que accederían sin restricciones a las Zonas de Bajas Emisiones, que serán obligatorias en las ciudades de más de 50.000 habitantes a partir del año que viene.


Source: Coches

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por admin