Mar. Nov 19th, 2024

Los conceptos que aprendemos durante la preparación para el examen teórico de conducir se van diluyendo con el paso del tiempo. Recordamos las señales más habituales y las normas básicas de circulación, pero enseguida olvidamos otros datos más específicos, como el uso de algunas luces que no usamos habitualmente o las indicaciones menos frecuentes.

Por esta razón, la DGT suele lanzar en su perfil de Twitter algunas preguntas que aparecen en los tests teóricos para el carné de conducir y de las que no todos los seguidores conocen la respuesta correcta. Esta semana ha tocado refrescar la definición de una luz de la que seguro muchos recuerdan su nombre, pero no su uso o su función.

¿Qué es un catadióptrico? Las tres respuestas posibles que daba la DGT como definición eran:

  • A. Un dispositivo que refleja la luz procedente de una fuente luminosa.
  • B. Una placa de matrícula reflectante.
  • C. Un dispositivo de alumbrado del vehículo.

La respuesta correcta, aunque parezca en un primer momento la C, es realmente la A, ya que los catadióptricos no emiten luz propia. Así pues, son dispositivos que reflejan la luz de una fuente luminosa, habitualmente los faros de otros vehículos que inciden sobre el que lleva instalados los catadióptricos.

La multa por no llevar catadióptricos

En concreto, un catadióptrico es «“dispositivo utilizado para indicar la presencia de un vehículo mediante la reflexión de la luz procedente de una fuente luminosa independiente de dicho vehículo, hallándose el observador cerca de la fuente», según lo define el Reglamento General.

Aunque asociemos a los camiones con estos dispositivos, son obligatorios en casi todos los vehículos, entre ellos: coches, motos y ciclomotores, bicicletas, camiones y autobuses, remolques y tractores, tal y como especifica el RACE.

Estos dispositivos forman parte del conjunto de sistemas de seguridad del vehículo y que ayudan a que el resto de conductores y usuarios de la vía lo identifiquen cuando las condiciones de visibilidad no sean óptimas. Las multas por no llevar catadióptricos cuando sean obligatorios o llevarlos dañados es de 200 euros y, además, la ITV será desfavorable en estos casos.


Source: Coches

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por admin